Quienes documentan, investigan, informan, estudian, supervisan o recopilan y utilizan de cualquier otra forma información sobre la violencia sexual sistemática y relacionada con los conflictos (SCRSV) deben guiarse por la legislación vigente, las normas mínimas y las mejores prácticas sobre cómo llevar a cabo adecuadamente dicha labor.

Existen numerosas publicaciones técnicas de distintos sectores que recogen dichas orientaciones y mejores prácticas. Entre ellas se encuentra el Protocolo Internacional sobre la Documentación e Investigación de la Violencia Sexual en los Conflictos (2017). Sin embargo, siguen recibiéndose informes que indican que algunos actores desconocen la legislación aplicable y las orientaciones disponibles, o no las respetan.

Los supervivientes han descrito algunos de los problemas desde su perspectiva. Quienes documentan o recopilan y utilizan información sobre la violencia sexual y de género en situaciones de conflicto —con fines que van desde la defensa de los derechos, la vigilancia de los derechos humanos y la investigación de los hechos hasta la cobertura mediática, la investigación académica, la justicia de transición y los litigios estratégicos y penales— también han identificado problemas relacionados con la seguridad, el uso y la eficacia de la documentación. Entre los problemas identificados se incluyen:

¿Por qué es necesario el Código?

  • Las repetidas y innecesarias nuevas entrevistas a los supervivientes

  • Entrevistas realizadas por entrevistadores e intérpretes sin formación o sin la cualificación necesaria, utilizando métodos apresurados, ineficaces, inseguros o perjudiciales de cualquier otro modo

  • Los documentalistas desconocen las formas en que esos métodos pueden causar daño o volver a traumatizar a los supervivientes

  • Procedimientos de consentimiento informado poco claros o apresurados que no proporcionan a las víctimas toda la información sobre las opciones y los riesgos, ni el tiempo y el espacio necesarios para tomar sus propias decisiones

  • Los supervivientes no están recibiendo la información prometida sobre los resultados

  • La falta de apoyo médico y psicosocial que los supervivientes pueden necesitar tras sus experiencias o debido a los efectos de las entrevistas que pueden volver a traumatizarlos

  • Una planificación y unas medidas de mitigación insuficientes en lo que respecta a la seguridad y otros riesgos, así como a los contextos locales, lo que incluye reunirse con los supervivientes en lugares donde la entrevista pueda ser observada, escuchada o interrumpida por otras personas.

Las prácticas de documentación ineficaces, inseguras o poco éticas, por muy bienintencionadas que sean, causan o agravan el daño sufrido por las personas supervivientes. Aunque a menudo no se reconozca, esto también merma sus posibilidades de acceder a la justicia (por ejemplo, si las entrevistas repetidas dan lugar a registros incoherentes o inexactos). Socava el respeto por otros derechos humanos de las personas supervivientes y puede minar su confianza en el Estado de derecho y en otros sistemas de gobernanza y respuesta a las crisis. Las prácticas de recopilación de información que no respetan estas normas mínimas rara vez son eficaces y no aportan el valor añadido prometido a las personas sobrevivientes.

Miriam Lewin, periodista y activista política, habla sobre cómo quienes recopilan y utilizan información pueden aliviar la carga que soportan las sobrevivientes si se adhieren a las normas del Código Murad