Durante años, las personas que han sobrevivido a la violencia sexual sistemática y relacionada con los conflictos (SCRSV) han expresado su frustración y el trauma que les ha causado participar en interacciones ineficaces y poco éticas con personas que documentan, investigan, informan, estudian, supervisan o recopilan o utilizan de cualquier otra forma información sobre la SCRSV. Por muy bienintencionadas que sean, cuando las personas que realizan esta labor no respetan la legislación vigente ni las normas mínimas pertinentes, causan o agravan aún más el daño a las personas que han sobrevivido.
El proyecto «The Murad Code» es una iniciativa consultiva de alcance mundial cuyo objetivo es crear y apoyar una comunidad de buenas prácticas para, con y en relación con las sobrevivientes de violencia sexual sistemática y relacionada con conflictos.
Aunque a menudo no se reconozca, el trabajo que implica recopilar y utilizar información sobre la violencia sexual y de género en situaciones de crisis (SCRSV) y que no respeta los derechos de las sobrevivientes no solo les causa daño, sino que socava su confianza en el Estado de derecho y en otros sistemas de gobernanza y respuesta a las crisis. Esta desconfianza puede llevar a las sobrevivientes a optar por no participar en los procesos de justicia y sanación, ni en otros sistemas de gobernanza y respuesta a las crisis, un resultado que no beneficia ni a quienes recopilan y utilizan la información, ni a las sobrevivientes. Por lo tanto, un enfoque que respete los derechos de las sobrevivientes no solo es más ético, sino también más eficaz. Este enfoque no solo debe ser aplicado por las personas que recopilan y utilizan información sobre la violencia sexual y de género en situaciones de crisis, sino también por las organizaciones y en relación con los sistemas y procesos más amplios para llevar a cabo esta labor.
El núcleo del proyecto «Murad Code» lo constituye el Código de Conducta Global para la Recopilación y el Uso de Información sobre la Violencia Sexual Sistemática y Relacionada con los Conflictos(el «Murad Code»), que se aplica a todos los agentes que participan en esta labor, independientemente de los motivos por los que recopilen o utilicen información sobre la violencia sexual sistemática y relacionada con los conflictos.
¿Qué es la violencia sexual sistemática y relacionada con los conflictos (SCRSV)?
La violencia sexual y de género en los conflictos armados (SCRSV) tiene una definición amplia que incluye la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, el aborto forzado, la esterilización forzada, el matrimonio forzado, la trata de personas con fines de violencia sexual y/o explotación, y cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable perpetrada contra cualquier persona, siempre que dicha conducta esté relacionada directa o indirectamente con un conflicto armado.
La SCRSV también incluye tales actos en tiempos de paz o en fases de transición cuando forman parte de una violencia sistemática, represiva, estructurada o política, y cuando dicha violencia se utiliza para aterrorizar o destruir comunidades.
La SCRSV incluye, entre otros, la violencia sexual que constituye un crimen internacional de genocidio, un crimen contra la humanidad o un crimen de guerra.
¿Cómo se define «recopilar y utilizar información sobre el SCRSV»?
La recopilación directa, indirecta, presencial y a distancia de información de y sobre los supervivientes en cualquier formato (incluidos los formatos digitales, escritos, verbales, audiovisuales y fotográficos), así como su posterior transporte, transferencia, almacenamiento, uso, intercambio o publicación.
En relación con el SCRSV (definido de forma amplia e inclusiva).
Para cualquier fin que implique compartir o publicar dicha información, salvo la recopilación de información con el fin de prestar asistencia inmediata o apoyo a los supervivientes.
¿A quién se aplica el Código Murad?
El Código se aplica a:
Documentalistas, observadores y activistas de derechos humanos
Supervivientes, grupos de supervivientes y trabajadores humanitarios (que recopilan y utilizan dicha información con fines distintos a la atención y el apoyo inmediatos)
Directivos de organizaciones
Investigadores de código abierto
Periodistas
Investigadores de la policía judicial
Funcionarios de inmigración y asilo
Peritos forenses
Responsables políticos
Entidades financiadoras
Esta lista no es exhaustiva.
El Código no se aplica a quienes prestan apoyo inmediato a las víctimas.